jueves, 20 de julio de 2017

PAGO ELECTRONICO


Para pagar las obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social (oligaciones recaudadas por AFIP), se deberá utilizar la transferencia electrónica de fondos, mediante las opciones:
• Débito automático, pago telefónico o por “Internet”, con tarjeta de crédito.
• Débito en cuenta, a través de cajeros automáticos.
• Débito directo en cuenta bancaria, previa adhesión al servicio solicitándolo en
su banco.
• Pago electrónico, con tarjetas de crédito y/o débito.
• Cualquier otro medio de pago electrónico regulado por el Banco Central.
También se podrá realizar los pagos mediante depósito bancario, con:
• Débito en cuenta en pesos.
• Cheque común en pesos, emitido por el titular de la obligación que se cancela a la orden del banco recaudador.
• Entidades habilitadas por esta Administración Federal.
• Cheque de pago financiero en pesos.
• Cheque cancelatorio en pesos.

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