miércoles, 11 de noviembre de 2009

PLANES DE PAGO ARBA

Nueva oportunidad de regularizar deudas, desde el 1/11 al 30/11

AUMENTAS LOS AUTOS

La provincia de Buenos Aires comienza este lunes a aplicar el Impuesto de Sellos a la compraventa de vehículos usados.La carga fiscal a soportar será del 2% si la operación se realiza entre particulares y del 1% si se celebra en concesionarias oficiales inscriptas ante la Agencia de Recaudación Bonaerense (ARBA).A fin de asegurarse el cobro del tributo, el fisco provincial determinó que el monto será retenido por el Registro Nacional de la Propiedad Automotor siempre y cuando el valor del vehículo supere los 40.000 pesos.El titular der ARBA, Rafael Perelmiter, explicó oportunamente que la medida busca reducir la evasión en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos que registra la comercialización de vehículos en agencias.

viernes, 25 de septiembre de 2009

El peso completó en agosto un semestre de fuerte devaluación frente al resto de las divisas de los países con que mantiene relaciones comerciales la Argentina, según mostró el índice de tipo de cambio multilateral hasta agosto de 2009, difundido ayer por el Banco Central (BCRA).

lunes, 3 de agosto de 2009

SALARIO MINIMO VITAL Y MOVIL

Para tener en cuenta.
EL Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social,mediante acta del Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil resolvió incrementar el salario mínimo, vital y móvil de la siguiente manera 1) Dese el 1/8/2009, en $ 1.400 para los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal de trabajo a tiempo completo y de $ 7 por hora, para los trabajadores jornalizados. 2) A partir del 1/10/2009, en $ 1.440 para los trabajadores mensualizados, y de $ 7,20 por hora, para los jornalizados. 3) Desde 1/1/2010, en $ 1.500 para los mensualizados y de $ 7,50 por hora, para los trabajadores jornalizados. Los trabajadores contratados a tiempo parcial (art. 92. ter, LCT) y los contratados con jornada reducida (art. 198, LCT) lo percibirán en forma proporcional.

miércoles, 24 de junio de 2009

DE PASO Y DE INTERES

Autónomos: la AFIP lanzó un simulador online para agilizar la recategorización
YPF liderará consorcio para buscar petróleo y gas en el mar de Malvinas
Cristina presentó el primer avión que compra Aerolíneas en 16 años
Avanza un nuevo certificado online para eximir a las empresas en Ganancias
Lanzan un bono para financiar obra pública
INDEC: los alimentos no suben y mayo tuvo sólo 0,3% de inflación
Habrá aumentos de expensas, prepagas y transporte después de las elecciones
Abrirán la licitación para el pago anticipado del Boden 2012

sábado, 2 de mayo de 2009

C.C.T.NOVEDADES

Se declara homologado el Acuerdo celebrado por la Unión Tranviarios Automotor, por la parte sindical, y la Cámara Empresaria de Autotransporte de Pasajeros (CEAP), la Asociación Civil Transporte Automotor (ACTA), la Cámara Empresaria del Transporte Urbano de Buenos Aires (CETUBA) y la Cámara del Transporte de la Provincia de Buenos Aires (CTPBA), por la parte empresaria. También se homologó el Acuerdo celebrado por la misma entidad gremial y por la Cámara Empresaria del Transporte Multimodal de Pasajeros (CETRAMP) “Asociación Civil”, y la Federación Argentina de Transportadores por Automotor de Pasajeros (FATAP), por la parte empresaria.Bajo el primer Acuerdo se conviene el pago de una suma no remuneratoria de pesos $ 300, de carácter excepcional y por única vez, pagaderos en dos cuotas, de pesos $ 150 cada una, la primera el día 9 de febrero de 2009 y la segunda el 9 de marzo de 2009, para los trabajadores representados por la Unión Tranviarios Automotor, que se desempeñen en las empresas representadas por las Cámaras firmantes y que presten servicios de transporte automotor de pasajeros de corta y media distancia en el Área Metropolitana de Buenos Aires, definida en el artículo 3 del decreto 656/1994.Por el segundo Acuerdo también se abonará una suma no remuneratoria de pesos $ 300, de carácter excepcional y por única vez, pagaderos en dos cuotas, de pesos $ 150 cada una, la primera el día 16 de febrero de 2009 y la segunda el 16 de marzo de 2009, a los trabajadores representados por la Unión Tranviarios Automotor, que se desempeñan en las empresas representadas por las Cámaras firmantes y que presten servicios en las empresas de corta y media distancia, pero que no pertenezcan al Área Metropolitana de Buenos Aires.
RESOLUCIÓN (Sec. Trabajo) 215/2009

Estatutos, Convenios y Escalas. Enseñanza Privada. Personal No Docente. Colegios. Capital Federal y Gran Buenos Aires, CCT 88/1990. Acuerdo de recomposición salarial. Homologación. Vigencia

Se declara homologado el Acuerdo celebrado por el Sindicato Argentino de Empleados y Obreros de la Enseñanza Privada y el Consejo Superior de Educación Católica.El presente Acuerdo establece un aumento salarial del 23,5%, que se hará efectivo a partir del mes de marzo de 2009 sobre los salarios básicos actuales vigentes.

RESOLUCIÓN (Sec. Trabajo) 343/2009

Estatutos, Convenios y Escalas. Ladrilleros. Obreros, CCT 92/1990. Acuerdo de recomposición salarial. Homologación. Vigencia

Se declaran homologados el Acuerdo y el acta aclaratoria celebrados entre la Unión Obrera Ladrillera de la República Argentina y la Sociedad Fabricantes de Ladrillos de la Provincia de Buenos Aires.Por el mencionado Acuerdo, se convienen nuevos valores salariales a partir del 1 de setiembre de 2007.

RESOLUCIÓN (Sec. Trabajo) 317/2009

viernes, 3 de abril de 2009

CONTRATO DE TRABAJO A TIEMPO PARCIAL

El contrato de trabajo a tiempo parcial es aquel en virtud del cual el trabajador se obliga a prestar servicios durante un determinado número de horas al día o semana, inferiores a las dos terceras partes de la jornada habitual de la actividad. En ese caso la remuneración no podrá ser inferior a la proporcional, que le corresponda a un trabajador a tiempo completo, establecida por ley o convenio colectivo de la misma categoría o puesto de trabajo. si la jornada pactada supera esa proporción, el empleador deberá abonar la remuneración correspondiente a un trabajador de jornada completa. Es de hacer notar que l0s trabajadores a tiempo parcial no podrán realizar horas extras, caso contrario el empleador deberá abonar el salario correspondiente a jornada completa, para el mes en que se hubiera efectivizado la misma.

lunes, 16 de febrero de 2009

LEY 26476

Se ha reglamentado la ley de referencia de regularización de impuestos y recursos de la Seguridad Social.



  • Abarca deudas (obligaciones e infracciones) percibidas y fiscalizadas por la AFIP, VENCIDAS AL 31/12/2007, excepto las que tienen origen el el Sistema Nacional de Obras Sociales.

  • El acogimiento podrá producirse por única vez entre el 01/03/2009 y el 31/08/2009