sábado, 2 de mayo de 2009

C.C.T.NOVEDADES

Se declara homologado el Acuerdo celebrado por la Unión Tranviarios Automotor, por la parte sindical, y la Cámara Empresaria de Autotransporte de Pasajeros (CEAP), la Asociación Civil Transporte Automotor (ACTA), la Cámara Empresaria del Transporte Urbano de Buenos Aires (CETUBA) y la Cámara del Transporte de la Provincia de Buenos Aires (CTPBA), por la parte empresaria. También se homologó el Acuerdo celebrado por la misma entidad gremial y por la Cámara Empresaria del Transporte Multimodal de Pasajeros (CETRAMP) “Asociación Civil”, y la Federación Argentina de Transportadores por Automotor de Pasajeros (FATAP), por la parte empresaria.Bajo el primer Acuerdo se conviene el pago de una suma no remuneratoria de pesos $ 300, de carácter excepcional y por única vez, pagaderos en dos cuotas, de pesos $ 150 cada una, la primera el día 9 de febrero de 2009 y la segunda el 9 de marzo de 2009, para los trabajadores representados por la Unión Tranviarios Automotor, que se desempeñen en las empresas representadas por las Cámaras firmantes y que presten servicios de transporte automotor de pasajeros de corta y media distancia en el Área Metropolitana de Buenos Aires, definida en el artículo 3 del decreto 656/1994.Por el segundo Acuerdo también se abonará una suma no remuneratoria de pesos $ 300, de carácter excepcional y por única vez, pagaderos en dos cuotas, de pesos $ 150 cada una, la primera el día 16 de febrero de 2009 y la segunda el 16 de marzo de 2009, a los trabajadores representados por la Unión Tranviarios Automotor, que se desempeñan en las empresas representadas por las Cámaras firmantes y que presten servicios en las empresas de corta y media distancia, pero que no pertenezcan al Área Metropolitana de Buenos Aires.
RESOLUCIÓN (Sec. Trabajo) 215/2009

Estatutos, Convenios y Escalas. Enseñanza Privada. Personal No Docente. Colegios. Capital Federal y Gran Buenos Aires, CCT 88/1990. Acuerdo de recomposición salarial. Homologación. Vigencia

Se declara homologado el Acuerdo celebrado por el Sindicato Argentino de Empleados y Obreros de la Enseñanza Privada y el Consejo Superior de Educación Católica.El presente Acuerdo establece un aumento salarial del 23,5%, que se hará efectivo a partir del mes de marzo de 2009 sobre los salarios básicos actuales vigentes.

RESOLUCIÓN (Sec. Trabajo) 343/2009

Estatutos, Convenios y Escalas. Ladrilleros. Obreros, CCT 92/1990. Acuerdo de recomposición salarial. Homologación. Vigencia

Se declaran homologados el Acuerdo y el acta aclaratoria celebrados entre la Unión Obrera Ladrillera de la República Argentina y la Sociedad Fabricantes de Ladrillos de la Provincia de Buenos Aires.Por el mencionado Acuerdo, se convienen nuevos valores salariales a partir del 1 de setiembre de 2007.

RESOLUCIÓN (Sec. Trabajo) 317/2009