martes, 15 de abril de 2014

VENCIMIENTOS DE ANTICVIPOS DE GANANCIAS PERSONAS FISICAS



Vencimientos:

CUIT TERMINADOS EN    ANTICIPO   1           2                  3                      4                       5
       0; 1; 2,Y 3                       13/06/2014        13/08/2014    14/10/2014      15/12/2014      13/02/2015
        4, 5, y 6                          16/06/2014        14/08/2014    15/10/2014      16/12/2014      16/02/2015
        7, 8, y 9                          17/06/2014        15/08/2014    16/10/2014      17/12/2014      17/02/2015

miércoles, 22 de enero de 2014

El Art. 11 de la RG AFIP 2437/08 establece que los beneficiarios de las rentas deberán informar a su agente de retención – empleador que abone el mayor sueldo - sus deducciones personales, familiares a cargo, percepciones que les hubieran practicado en los términos de la RG AFIP 3450, pagos a cuentas, etc., mediante la presentación del Formulario 572.
Dicho Formulario debe presentarse al inicio de la relación laboral o cuando se produzcan modificaciones en los datos. En virtud que los empleados que se desempeñen bajo relación de dependencia tienen plazo hasta el 31/01/14 para informar los conceptos deducibles para el ejercicio 2013

jueves, 27 de junio de 2013

Recategorización Anual Autónomos




Durante el mes de junio los trabajadores autónomos deben analizar si le corresponde realizar la “Recategorización Anual” para determinar si la categoría por la cuál están ingresando sus aportes es la correcta.

miércoles, 12 de junio de 2013

nuevas deducciones mensuales para trabajadores en ralación de dependencia

A partir del mes de marzo del 2013 rigen los siguientes valores

Ganancias no imponibles          $1.296,00
Cónyugue                                  $1.440,00
Hijos                                           $  720,00
Otras cargas                              $  540,00
Deduccion especial                   $6.280,80

servicio domestico

El 10 de junio vence el pago obligatorio (empleador) y el 17 de junio el de los aportes voluntarios (trabajadores de casas particulares).

  Los importes  a ingresar mensualmente, dependen de las horas semanales trabajadas y  si el trabajador es activo o jubilado.


a) Por cada trabajador activo:

1. Mayor de 18 años:
HORAS TRABAJADAS SEMANALMENTE
IMPORTE A PAGAR
IMPORTE DE CADA CONCEPTO QUE SE PAGA
APORTES
CONTRIBUCIONES
Menos de 12
$20
$8
$12
Desde 12 a menos de 16
$39
$15
$24
16 o más
$135
$100 (*)
$35

2. Menor de 18 años pero mayor de 16 años:

HORAS TRABAJADAS SEMANALMENTE
IMPORTE A PAGAR
IMPORTE DE CADA CONCEPTO QUE SE PAGA
APORTES
CONTRIBUCIONES
Menos de 12
$8
$8
--
Desde 12 a menos de 16
$15
$15
--
Desde 16 a 36
$100
$100 (*)
--

(*) Valor actualizado según Resolución Conjunta N° 299/2013 (Ministerio de Economía y Finanzas) y 110/2013 (Ministerio de Salud).


b) Por cada trabajador jubilado:

HORAS TRABAJADAS SEMANALMENTE
IMPORTE A PAGAR
IMPORTE DE CADA CONCEPTO QUE SE PAGA
APORTES
CONTRIBUCIONES
Menos de 12
$12
--
$12
Desde 12 a menos de 16
$24
--
$24
16 o más
$35
--
$35

lunes, 26 de septiembre de 2011

MONOTRIBUTISTAS

Durante los próximos meses, la AFIP controlará a los monotributistas que facturen $6.000,00 en adelante, mediante la presentación de declaraciones juradas, donde manifestarán energía electrica consumida, y alquileres cancelados durante el segundo cuatrimestre, el contribuyente que disminuya el importe de sus ingresos a menos de $72.000,00 al año deberán presentar de igual manera la mencionada declaracíon.

sábado, 18 de junio de 2011

FACTURA ELECTRONICA PARA MONOTRIBUTISTAS

Los sujetos adheridos al monotributo y encuadren en las categorías H, I, J, K, y L y realicen operaciones de compraventa de cosas muebles, locaciones y prestaciones de servicio y obras o perciban señas o anticipos que congelen el precio, deberán emitir comprobantes electrónicos originales para respaldar todas sus operaciones en el mercado interno.

Si posteriormente en una recategorización cuatrimestral se encuadre en una inferior continuarán alcanzados por el régimen especial