miércoles, 12 de junio de 2013

nuevas deducciones mensuales para trabajadores en ralación de dependencia

A partir del mes de marzo del 2013 rigen los siguientes valores

Ganancias no imponibles          $1.296,00
Cónyugue                                  $1.440,00
Hijos                                           $  720,00
Otras cargas                              $  540,00
Deduccion especial                   $6.280,80

servicio domestico

El 10 de junio vence el pago obligatorio (empleador) y el 17 de junio el de los aportes voluntarios (trabajadores de casas particulares).

  Los importes  a ingresar mensualmente, dependen de las horas semanales trabajadas y  si el trabajador es activo o jubilado.


a) Por cada trabajador activo:

1. Mayor de 18 años:
HORAS TRABAJADAS SEMANALMENTE
IMPORTE A PAGAR
IMPORTE DE CADA CONCEPTO QUE SE PAGA
APORTES
CONTRIBUCIONES
Menos de 12
$20
$8
$12
Desde 12 a menos de 16
$39
$15
$24
16 o más
$135
$100 (*)
$35

2. Menor de 18 años pero mayor de 16 años:

HORAS TRABAJADAS SEMANALMENTE
IMPORTE A PAGAR
IMPORTE DE CADA CONCEPTO QUE SE PAGA
APORTES
CONTRIBUCIONES
Menos de 12
$8
$8
--
Desde 12 a menos de 16
$15
$15
--
Desde 16 a 36
$100
$100 (*)
--

(*) Valor actualizado según Resolución Conjunta N° 299/2013 (Ministerio de Economía y Finanzas) y 110/2013 (Ministerio de Salud).


b) Por cada trabajador jubilado:

HORAS TRABAJADAS SEMANALMENTE
IMPORTE A PAGAR
IMPORTE DE CADA CONCEPTO QUE SE PAGA
APORTES
CONTRIBUCIONES
Menos de 12
$12
--
$12
Desde 12 a menos de 16
$24
--
$24
16 o más
$35
--
$35

lunes, 26 de septiembre de 2011

MONOTRIBUTISTAS

Durante los próximos meses, la AFIP controlará a los monotributistas que facturen $6.000,00 en adelante, mediante la presentación de declaraciones juradas, donde manifestarán energía electrica consumida, y alquileres cancelados durante el segundo cuatrimestre, el contribuyente que disminuya el importe de sus ingresos a menos de $72.000,00 al año deberán presentar de igual manera la mencionada declaracíon.

sábado, 18 de junio de 2011

FACTURA ELECTRONICA PARA MONOTRIBUTISTAS

Los sujetos adheridos al monotributo y encuadren en las categorías H, I, J, K, y L y realicen operaciones de compraventa de cosas muebles, locaciones y prestaciones de servicio y obras o perciban señas o anticipos que congelen el precio, deberán emitir comprobantes electrónicos originales para respaldar todas sus operaciones en el mercado interno.

Si posteriormente en una recategorización cuatrimestral se encuadre en una inferior continuarán alcanzados por el régimen especial

lunes, 13 de junio de 2011

personal de servicio doméstico

Son aquellas personas que se desempeñan como mucamas, niñeras, cocineras, jardineros, caseros, amas de llaves, damas de compañía, mayordomos, institutrices, nurses o gobernantas; siempre y cuando trabajen para un mismo dador de trabajo, como mínimo 6 horas semanales.

El trabajador debe tener número de CUIL (Código Unico de Identificación Laboral); que se obtiene, en el acto, en cualquier oficina de ANSeS con el DNI, o por internet. También los extranjeros que no posean DNI pueden obtener un CUIL provisorio en ANSeS, con el certificado extendido por la Dirección Nacional de Migraciones. El trabajador deberá firmar el recibo entregado por el empleador, en donde consta el importe que le entregaron por el trabajo realizado; y éste a su vez deberá ingresar el pago hasta el día 10 del mes calendario inmediato siguiente al de devengamiento de los aportes y contribuciones, entregando al trabajador el ticket de pago de la obligación mensual (que le servirá en el caso que la Obra Social se lo requiera).

domingo, 21 de noviembre de 2010

La AFIP lanza una fuerte avanzada para combatir el empleo en negro

En poco más más de una semana, se encontrará en plena vigencia el nuevo software que deberán utilizar las empresas para liquidar las cargas sociales de sus empleados.En efecto, la versión 34 del programa denominado “SICOSS” constituye un paso clave de la fuerte avanzada que puso en marcha la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) a fin de reducir el empleo en negro y la evasión previsional.La estrategia fiscal se completará con la inminente implementación de las polémicas presunciones laborales. Las herramientas legisladas por la Ley Antievasión II -que aún no fueron reglamentadas- permitirán determinar la cantidad mínima de empleados con los que debería contar una compañía para realizar su actividad.También se avanzará en la confección de un nuevo registro online de empleados que constituirá una sola base de datos digital para consultas del Ministerio de Trabajo, la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) y otros organismos que demanden datos declarados por las empresas.